Estado de conservación
Se revisan estructura, fachadas, cubiertas, medianeras, elementos comunes e instalaciones para detectar posibles deficiencias o patologías.
Arquitectos especialistas en la realización y registro del Informe de Evaluación del Edificio para comunidades de propietarios y edificios de viviendas.
Nos encargamos de todo el proceso: inspección del edificio, elaboración del informe, registro del IEEV.CV y gestión de las ayudas disponibles.
El Informe de Evaluación del Edificio, conocido como IEEV.CV en la Comunidad Valenciana, es un documento técnico que permite conocer el estado general de un edificio, detectar posibles deficiencias relacionadas con su conservación y analizar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética.
Para muchas comunidades de propietarios, este informe funciona como una especie de “revisión técnica” del edificio. Su objetivo no es únicamente cumplir con una obligación normativa, sino también anticiparse a posibles problemas de mantenimiento, planificar futuras actuaciones de rehabilitación y facilitar el acceso a determinadas ayudas públicas.
Se revisan estructura, fachadas, cubiertas, medianeras, elementos comunes e instalaciones para detectar posibles deficiencias o patologías.
Se analizan las condiciones de acceso y utilización del edificio y la posible existencia de barreras arquitectónicas.
El IEEV.CV incluye información sobre el comportamiento energético del edificio y posibles medidas de mejora.
Aunque todavía es habitual hablar de ITE o Inspección Técnica del Edificio, en la Comunidad Valenciana el informe de referencia es actualmente el IEEV.CV.
La antigua ITE se centraba principalmente en analizar el estado de conservación del edificio. El IEEV.CV amplía ese análisis e incorpora también la evaluación de las condiciones de accesibilidad y de la eficiencia energética.
Si el edificio dispone de una ITE todavía vigente, puede completarse con la evaluación de accesibilidad y la evaluación energética correspondientes para adaptarla al IEEV.CV. Su vigencia quedará vinculada a la de la ITE existente.
La normativa establece principalmente dos situaciones en las que es obligatorio disponer del IEEV.CV.
Los edificios de uso residencial vivienda con una antigüedad superior a 50 años deben disponer del informe y tenerlo inscrito en el Registro correspondiente.
La antigüedad se toma de la fecha de construcción que figura en Catastro, salvo justificación documental de otra distinta.
Es obligatorio disponer del IEEV.CV para solicitar ayudas públicas destinadas a actuaciones de rehabilitación del edificio, con independencia de su antigüedad.
La Generalitat Valenciana convoca ayudas para la realización del Informe de Evaluación del Edificio.
En las últimas convocatorias, la subvención ha cubierto entre el 80 % y el 100 % del coste del informe, según las condiciones establecidas en cada caso.
Además de realizar y registrar el IEEV.CV, también nos encargamos de tramitar la solicitud de la ayuda.
El IEE no es solo un trámite. Es una forma de conocer cómo está realmente el edificio y detectar posibles problemas antes de que se agraven.
Identificar deficiencias y puntos de mantenimiento.
Evitar que pequeños problemas evolucionen a reparaciones mayores.
Ordenar futuras actuaciones de conservación o rehabilitación.
Detectar barreras y posibles necesidades de mejora.
Evaluar la eficiencia energética del inmueble.
Disponer de la documentación necesaria cuando se requiera.
Nos encargamos de todo el proceso para que la comunidad no tenga que preocuparse por la parte técnica ni administrativa.
Dirección, localidad, número de viviendas y datos básicos.
Valoramos el inmueble y te indicamos el coste del informe.
Un arquitecto visita el edificio y realiza las comprobaciones necesarias.
Elaboramos la documentación técnica y nos encargamos de su presentación.
Si existe convocatoria y el edificio puede acogerse, tramitamos la subvención.
Los IEEV.CV son realizados por arquitectos especializados en inspección, conservación, accesibilidad, eficiencia energética y rehabilitación de edificios.
Estamos inscritos como profesionales del IEEV.CV en el Registro CHC del Instituto Valenciano de la Edificación, donde puede consultarse nuestra acreditación.
Consultar Registro oficialEl precio del IEEV.CV depende de las características del edificio y de la complejidad de la inspección.
Entre los factores que más influyen están el número de viviendas, la existencia de locales, el tamaño y configuración del edificio y sus características propias.
Por eso, preferimos valorar cada caso de forma individual y ofrecer un presupuesto adaptado al edificio.
Indícanos la dirección, la localidad y los datos básicos del edificio y te enviaremos un presupuesto.
Solicitar presupuestoEnvíanos los datos básicos del edificio y te responderemos con una valoración adaptada a sus características.
Realizamos Informes de Evaluación del Edificio en municipios de toda la Vega Baja del Segura y su entorno.
Si tu edificio se encuentra en otra localidad de la comarca, también puedes consultarnos.
El informe debe ser realizado por un técnico competente conforme a la normativa vigente.
Principalmente cuando el edificio de uso residencial vivienda supera los 50 años de antigüedad o cuando es necesario disponer del informe para solicitar ayudas públicas de rehabilitación.
El informe tiene una vigencia de 10 años desde su presentación y registro.
No exactamente. La antigua ITE se centraba principalmente en el estado de conservación. El IEEV.CV incorpora además accesibilidad y eficiencia energética.
Si dispone de una ITE vigente, puede completarse con la evaluación de accesibilidad y eficiencia energética para su adaptación al IEEV.CV, manteniendo la vigencia que corresponda a la ITE existente.
Las viviendas unifamiliares también están incluidas en el ámbito del IEEV.CV. Una vivienda unifamiliar de más de 50 años también debe disponer del informe cuando se encuentre dentro de los supuestos establecidos por la normativa.
Sí. En las últimas convocatorias las ayudas han cubierto entre el 80 % y el 100 % del coste del informe, según las condiciones establecidas en cada convocatoria.
Sí. Podemos encargarnos tanto de la realización y registro del IEEV.CV como de la tramitación de la subvención correspondiente.
No necesariamente. El técnico realiza las comprobaciones necesarias en función de las características del edificio y del alcance de la inspección.
Que el informe detecte deficiencias no significa necesariamente que exista un problema grave. El IEE permite identificar el tipo de deficiencias observadas y conocer qué elementos necesitan mantenimiento, reparación o una actuación de rehabilitación.
Solo necesitamos poder acceder a las zonas comunes del edificio y, si es posible, a alguna vivienda representativa. También resulta útil disponer de documentación existente como planos, informes anteriores o una ITE previa.
El plazo habitual es de 7 a 15 días laborables desde la visita de inspección, dependiendo del tamaño del edificio, sus características y la complejidad del informe. Para casos que requieran una tramitación más rápida, podemos valorar un servicio prioritario.
Envíanos los datos del inmueble y te facilitaremos un presupuesto adaptado a sus características.
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